ANALIZA LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO Y ESTUDIA EN CONCRETO:
Las condiciones para tener derecho a la misma
- Haber cotizado en la seguridad social al menos 360 días
- Inscripción como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico o, si reside en Ceuta o Melilla, en el Servicio Publico de Empleo Estatal.
- Certificado o certificados de empresa de los últimos 180 días cotizados si la empresa no lo ha remitido al SEPE por internet.
- Declarar las cargas familiares.
- Tu conformidad a los datos que disponen.
- Durante los 180 primeros días, el 70 por 100 de la base reguladora.
- A partir del día 181, el 50 por 100 de la base reguladora, cuando el derecho a la prestación nazca después del 14 de julio de 2012.
- Los importes así calculados no podrán ser superiores al tope máximo ni inferiores al tope mínimo establecidos.
- Cuando el trabajador no tenga hijos a su cargo, el 80 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (en adelante IPREM) mensual vigente en el momento de nacimiento del derecho incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 497 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2012.
- Cuando el trabajador tenga al menos un hijo a su cargo, el 107 por 100 del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 664,74 euros/mes.
- Cuando el trabajador no tenga hijos a su cargo, el 175 por 100 del IPREM mensual vigente en el momento de nacimiento del derecho, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 1.087,20 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2012.
- Con hijos menores de 26 años a su cargo:
- Con un hijo, el 200 por 100 del IPREM mensual vigente en el momento de nacimiento del derecho, incrementado en una sexta parte, siendo su importe de 1.242,52 euros/mes para prestaciones nacidas en el año 2012.
El
significado de la prestación no contributiva por desempleo. Condiciones:
Significa que se le agotado la prestación contributiva y que está recibiendo el subsidio, y que cumple las siguientes condiciones:
Para más información en el siguiente enlace:http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/Triptico_subsi_Desem_ago.pdf
Serán beneficiarias de este programa las personas inscritas en las Oficinas deEmpleo como desempleadas por extinción de su relación laboral que agoten, a partir del 16 de febrero de 2011, la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la ley, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas, la prorroga será de 6 meses.
Significa que se le agotado la prestación contributiva y que está recibiendo el subsidio, y que cumple las siguientes condiciones:
- No tener ingresos superiores a 483,98 € al mes.
- Tener responsabilidades familiares, salvo que tenga 45 años.
- Esperar un mes inscrito como demandante de empleo desde el agotamiento de la prestación por desempleo de nivel contributivo y suscribir el compromiso de actividad.
- Pasarían a recibir un subsidio de 426,00€
Condiciones
de la prorroga de ayudas a personas en desempleo y sin prestación o subsidio.
Serán beneficiarias de este programa las personas inscritas en las Oficinas deEmpleo como desempleadas por extinción de su relación laboral que agoten, a partir del 16 de febrero de 2011, la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la ley, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas, la prorroga será de 6 meses.
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